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Avanza fortalecimiento de sanciones contra médicos patito

 

En la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la LXI Legislatura del estado de Querétaro, se aprobó el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que reforma el artículo 235 del Código Penal para Querétaro; reforma el artículo 82 y adiciona los artículos 81 y 82 bis de la Ley de Salud del Estado, relacionada con actividades profesionales en materia de salud”.

Se trata de modificaciones que permitan incrementar penas y sanciones económicas a pseudoprofesionistas o personas que no cuenten con estudios médicos y que prestan distintos servicios relacionados a la salud.

El presidente de la Comisión, Guillermo Vega Guerrero, enfatizó que se han registrado distintos casos en el país; y que, actualmente, el Código Penal del estado no cuenta con diferenciadores, cuando se trata de la salud.

“Se estaría estableciendo una diferenciación del delito genérico de usurpación de funciones que aplica para todas las carreras y profesiones que hay. Tiene que ver con agravar las sanciones para quienes usurpan la función, específicamente en medicina, odontología, veterinaria, biología bacteriología, enfermería, trabajo social, química, psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología en sus diversas ramas y las demás que establezcan otras exposiciones legales aplicables”, comentó.

La propuesta, presentada por la diputada Verónica Galicia Castañón, establece que se impondrá prisión de 2 a 6 años y multa de 250 a 400 días, los cuales se aplicarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de presente Código Penal. Si con motivo de la realización de la conducta tipificada en el presente artículo se llevan a cabo cirugías o procedimientos quirúrgicos, la pena de prisión será de 6 a 12 años y multa de 450 a 600 días.

De la misma manera, incluye la adición de un artículo 82, que establece la prohibición de prestarse recetas médicas y que a la letra dice: “para el caso de recetas o papelería en la que se prescriba tratamiento y/o medicamento, este documento no podrá compartirse entre profesionistas médicos, ni asentarse datos de profesionista distinto al que la firma”.