La coordinadora del Partido del Trabajo (PT) en la LXI Legislatura del estado de Querétaro, Claudia Díaz Gayou, presentó un análisis de la Iniciativa de Ley de Reforma al Poder Judicial presentada por el Poder Ejecutivo del Estado.
La legisladora consideró que la propuesta “ya va tarde”; además, la calificó como “mocha” e incompleta, porque señaló que es omisa en relación a lo que dice la reforma constitucional federal. En ese sentido, afirmó que ninguna de las propuestas panistas presentadas cumple con lo ordenado por la reforma constitucional al Poder Judicial y que usan la propuesta de Reforma para beneficiar a los mismos de siempre.
No obstante, afirmó que mantienen su posición de aprobar la Reforma que presentaron las y los diputados de la Cuarta Transformación en enero de 2025, adicionando los puntos en los que coincidan.
Durante su exposición, la diputada Díaz Gayou explicó que la reforma local que propone el Ejecutivo estatal abre la posibilidad de exigir más requisitos a los candidatos y con ello limitar la participación; abre la posibilidad de ser Magistrados a Integrantes de los Ayuntamientos, Fiscal Anticorrupción, Consejeros y Secretario Ejecutivo del IEEQ y dirigentes de Partidos Políticos; y propone la elección de “suplentes”, cuando la reforma establece que las ausencias de magistrados y jueces deben ser para los segundos lugares.
Aunado a ello, dijo que omite la emisión de la convocatoria; determinación de cargos sujetos a elección; forma y número en que los poderes postularán candidatos; forma de Integración de los Comités de Evaluación; actuaciones del IEEQ en la elección y el proceso de preparación de la elección; no incluye la prohibición del financiamiento público y privado de campañas y duración de las mismas.
La diputada dijo que omite también plazos máximos para resolver asuntos, que en la reforma federal es de 6 meses; los procesos de actuación del Tribunal de Disciplina Judicial; los procesos de actuación del Órgano de Administración; abre la posibilidad de que se deban elegir más de 13 Magistrados; elimina los motivos por lo que un Magistrado puede “retirarse”, al omitir la declaratoria por autoridad de incapacidad física o mental; y señala que, en caso de ser electos los actuales magistrados aplicarán el periodo original de su elección es decir 12 años, y no 6 o 9 como debe ser, y se extiende su periodo hasta la elección inmediata siguiente a la fecha del término de su periodo.



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