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Aprueba LX Legislatura reformas para prevenir y sancionar la violencia vicaria

  • También fueron aprobadas reformas al Código Penal del Estado para robustecer el tipo penal para acreditar el feminicidio, así como para prohibir y sancionar las terapias de conversión en Querétaro.
  • Asimismo, se aprobó dar certeza en la regularización de los recursos transferidos al Fideicomiso para la promoción turística de la entidad.

 

Santiago de Querétaro, Qro., 29 de junio de 2023. En Sesión Ordinaria del Pleno de la LX Legislatura, como primer punto del orden del día, fue aprobado el Dictamen de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, relativo a la “Iniciativa de reforma, donde se adiciona un párrafo segundo a la fracción VI del artículo 127, y se crea un artículo 130 bis del Código Penal para el Estado de Querétaro; y se reforman las fracciones XV y XVII del artículo 4, se modifica la fracción VI y se adiciona una fracción VII al artículo 6, y se modifica el artículo 8 de la Ley Estatal de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, en materia de violencia vicaria” y de la “Iniciativa de Ley por la que se adiciona el artículo 8 bis de la Ley estatal de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y el artículo 142 Ter del Código Penal del Estado de Querétaro”.

 

Este dictamen fue aprobado por los legisladores considerando la importancia de que el Estado tome medidas para prevenir, remediar y sancionar la violencia vicaria, garantizando en todo momento la protección al vínculo materno filial al que tanto niños como mujeres tienen derecho, introduciendo en el marco jurídico de la entidad la violencia vicaria, así como establecer medidas preventivas y de atención al respecto, además de las sanciones y medidas que se pueden imponer para tratar de inhibir ese tipo de violencia.

 

De acuerdo a las reformas aprobadas, violencia vicaria es la acción u omisión cometida por quien tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato o haya mantenido una relación de hecho o de cualquier otro tipo, por sí o por interpósita persona, que provoque la separación de la madre con sus hijas e hijos o persona vinculada significativamente a la mujer, a través de la retención, sustracción, ocultamiento, maltrato, amenaza, puesta en peligro o promoviendo mecanismos jurídicos y no jurídicos que retrasen, obstaculicen, limiten e impidan la convivencia, para manipular, controlar a la mujer o dañar el vínculo afectivo, que ocasionen o puedan ocasionar un daño psicoemocional, físico, patrimonial o de cualquier otro tipo a ella y a sus hijas e hijos.

 

Asimismo, fue aprobado el Dictamen de la “Iniciativa de Ley que reforma el artículo 126 BIS del Código Penal para el Estado de Querétaro referente al delito de feminicidio”, también presentado por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

 

Se prevé que con esta reforma se robustezca el tipo penal en la norma local, lo que permitirá acreditar la razón de género en feminicidios donde los cadáveres o restos de las víctimas no sean exhibidos sino por el contrario, se intente ocultarlos o desaparecerlos, incluso cuando se abandonan en lugares que no son necesariamente públicos.

 

En ese sentido se reforma la fracción IV del artículo 126 BIS del Código Penal para el Estado de Querétaro, para quedar como sigue:

 

Artículo 126 Bis.- Al que prive… Se considera que…

  1. a la III. …
  2. El cuerpo o restos de la víctima hayan sido expuestos, depositados, enterrados o arrojados en un lugar público, paraje despoblado o exhibidos por cualquier medio.

 

Dentro de la sesión también fue aprobado el Dictamen de la Comisión de Planeación y Presupuesto, relativo a la “Iniciativa de Ley que reforma los artículos 47 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro; y 48 y 54, fracción X de la Ley de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Querétaro”.

 

Con esta aprobación se busca dar certeza en la regularización de los recursos transferidos al Fideicomiso Promotor de Turismo en el estado (Fiprotur), estableciendo que “se considerará una partida para la promoción, difusión y proyección de la imagen y productos turísticos del Estado, que será una cantidad equivalente al setenta y cinco por ciento de los recursos autorizados por la Legislatura por concepto del Impuesto por la Prestación de Servicio de Hospedaje, la cual será transferida al Fideicomiso que para tal efecto se establezca, conforme a la calendarización de los recursos del Decreto del Presupuesto de Egresos”. Se precisa que los recursos autorizados por concepto del Impuesto por la Prestación de Servicio de Hospedaje, se proyectarán de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

 

Además con estas reformas se armoniza la Ley de la Administración Pública Paraestatal con la Ley de Enajenaciones, Arrendamientos y Contrataciones de Servicios del Estado y de la Ley del Manejo de los Recursos Públicos.

 

Para concluir los asuntos agendados en esta sesión plenaria, fue aprobado el Dictamen de la “Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Querétaro, la Ley de Salud Mental del Estado de Querétaro, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro y el Código Penal del Estado de Querétaro, en materia de terapias para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual o identidad de género”, presentado por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.

 

Esta aprobación se realizó considerando que la legislación federal actual es omisa en sancionar las terapias  de conversión, lo que conlleva tolerancia estructural a tales prácticas en detrimento quienes las padecen, por lo cual la Legislatura de Querétaro considera que tiene la obligación de legislar con enfoque antidiscriminatorio para prohibir su práctica y que, al menos en el estado de Querétaro, se erradiquen, ya que restringen o menoscaban los derechos humanos de las personas, siendo mayormente reprochable cuando tales conductas se dirigen o aplican en personas con vulnerabilidad agravada, tal es el caso de niñas, niños y adolescentes y aquellas que padezcan alguna discapacidad o se encuentran inmersos en alguna relación de poder con la o las personas victimarias.

 

En ese sentido, se adicionan el artículo 142 TER al Código Penal para el Estado de Querétaro, en un Capítulo VII sobre los Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual, para quedar como sigue:

 

142 TER.- A quien imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamientos, terapias, servicios, esfuerzos o acciones para reprimir el libre desarrollo de la personalidad respecto a la orientación sexual o identidad y expresión de género se le impondrán de dos a seis años de prisión, una multa de 250 a 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad.

 

Para efectos de este delito, se entiende por tratamientos, terapias, servicios, esfuerzos o aquellas acciones cualquiera que sea su denominación, consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.

 

Si estas acciones se hicieren en niñas, niños o adolescentes o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o persona que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá de oficio.

 

Cuando por medio de una persona moral se realicen estas prácticas, serán penalmente responsables la o las personas que las autoricen y/o efectúen en nombre de esta.

 

En asuntos generales hizo uso de la voz el diputado Ricardo Astudillo Suárez, en torno a la Iniciativa de “Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones en materia de uso de materiales de construcción reciclados para obras públicas”, la cual ingresó en la Oficialía de Partes del Poder Legislativo del Estado.

 

Asimismo la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Graciela Juárez Montes, informó que esta Legislatura logró el reconocimiento del Sistema Estatal Anticorrupción, “el cual otorgó a esta LX Legislatura la Constancia que acredita que hemos cumplido a cabalidad con la capacitación de servidores públicos anticorrupción, lo que sin duda nos compromete a alcanzar mejores resultados para ser y tener en este Congreso excelentes servidores públicos, honestos, transparentes y particularmente ciudadanas y ciudadanos dignos en la familia y en la sociedad, por lo cual felicito a todas y todos mis compañeros”.

 

En torno a este punto, al término de la primera sesión plenaria, la presidenta de la Legislatura, acompañada de los integrantes de la Mesa Directiva, y demás legisladoras y legisladores, realizó la colocación de este reconocimiento dentro de la Sala de Constituciones, ubicada de forma contigua al salón de Plenos.