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Presenta iniciativa para regularizar los vehículos todo terreno en áreas naturales protegidas

Santiago de Querétaro, Qro., 11 de septiembre de 2023.- Debido a que en los últimos años, en el estado, una actividad que ha tenido mucho crecimiento es el turismo de aventura en el que se utilizan vehículos conocidos como “razers”, motos y cuatrimotos, en lugares indebidos y no existe a la fecha regulación formal para ello, el diputado por el PVEM, Ricardo Astudillo Suárez, presentó una Iniciativa para reformar el Código Ambiental del Estado referente al uso de vehículos todo terreno.

El objetivo de estos vehículos es brindarle al tripulante una experiencia extrema, fuera de la seguridad de un vehículo ordinario al cual le sería imposible acceder en algunos lugares y además, carecen casi siempre de carrocerías completas; en su lugar, solo poseen una estructura marco o jaula antivuelco, lo que les permite incluso escalar laderas y lugares que para un automóvil normal no le es posible.

 

Por otra parte, en su mayoría son vehículos con motores de combustión interna, lo cual implica que utilizan gasolina y aceites, mismos que, al haber transitado en carreteras normales, se impregnan en sus neumáticos, pero al transitar por cuerpos de agua sueltan esa contaminación que traen en sus neumáticos o en el chasis, lo cual impacta gravemente el ecosistema que se trate.

 

Cuando los vehículos todoterreno abandonan el camino y transitan por arroyos y cañadas, perjudican los cuerpos de agua y la biodiversidad; y en las épocas críticas de riesgo de incendio, en especial entre enero y agosto, el encendido de fogatas y la irresponsable disposición de colillas de cigarro representan una amenaza adicional para estos ecosistemas templados que son fuente de agua y aire limpio para la sociedad.

 

En algunos municipios del estado, la actividad turística es la mayor fuente de ingresos, de ahí la importancia de que se fomente particularmente el ecoturismo; pero, por otra parte, el ser humano debe interactuar con la naturaleza y hacer conciencia de la importancia de cada ecosistema.

 

Por lo que el diputado Ricardo Astudillo, pretende que con esta reforma se prohíba la circulación de vehículos recreativos todo terreno en áreas naturales protegidas, áreas de conservación, áreas no perturbadas, áreas que alojen ecosistemas o elementos naturales de especial importancia o que requieran protección especial.

 

Asimismo, el uso de vehículos recreativos todo terreno será permitido a consideración de las autoridades competentes, previa justificación, y siempre y cuando el uso no implique daño alguno al ambiente, la biodiversidad, a los ecosistemas involucrados, ni a terceras personas.

Por otra parte, la Secretaría, en coordinación con los Ayuntamientos y de acuerdo a las competencias de cada uno, formulará, conducirá, ejecutará y evaluará políticas y programas relacionados con el uso de los vehículos recreativos todo terreno en áreas naturales protegidas, áreas de conservación, áreas no perturbadas, áreas que alojen ecosistemas o elementos naturales de especial importancia o que requieran protección especial, así como la realización de acciones conjuntas en materia de uso adecuado de los vehículos recreativos todo terreno.

 

Los municipios, a través de los reglamentos conducentes regularán lo relativo a la inspección, vigilancia y sanciones relativas al uso de vehículos recreativos todo terreno y prohibirán su circulación en sus demarcaciones territoriales en áreas naturales protegidas, áreas de conservación, áreas no perturbadas, áreas que alojen ecosistemas o elementos naturales de especial importancia o que requieran protección especial.

 

Serán sancionables las conductas que, por el uso de vehículos recreativos todo terreno emitan ruido que exceda lo establecido en la legislación estatal; emitan contaminación lumínica que exceda los máximos permisibles; se realicen en horarios que afecten la fauna silvestre del lugar; se realicen en lugares que afecten la vegetación local; perjudiquen los usos y costumbres de las personas residentes del lugar; afecten propiedades de terceros, aun cuando se trate de terrenos comprendidos dentro de ejidos o propiedades de uso común; realicen extracción de vegetación, fauna silvestre o cualquier elemento del medio ambiente; y generen contaminación, residuos o cualquier tipo de basura.